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Introducción
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Hay que saber que estas cajas de herramientas son la parte teoría de lo que se aprende en la formación: los fundamentos del coaching sistémico para alcázar la Maestría del coaching. En esta formación se práctica mas el sentido del coaching sistémico y eso es distinto para cada uno, porque es a la vez una forma de aprendizaje pero también de desaprendizaje.
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El contrato en el coaching
- Un contrato permite inscribir una relación en un entorno laboral, por ejemplo entre un prestador de servicios y un cliente. Mas allá de esta primera evidencia, un buen contrato permite establecer unas claras reglas en relación con los objetivos de la prestación, la medida de resultados, los medios que serán aplicados por cada una de las partes, el marco jurídico o deontológico de la relación, etc.
- En consecuencia, la dimensión relativamente formal de un contrato permite una cierta protección entre el prestador de servicios y su cliente. Un contrato regula la relación. Se plantea un contexto profesional específico. No solo define los objetivos sino que da a cada uno los límites que no deben sobrepasar. En el coaching, como en general, el contrato es un elemento de protección que permite evitar las desviaciones o confusiones por parte del coach o del cliente.
- También un contrato proporciona numerosas indicaciones referentes a la relación entre las distintas. Si cada socio da al proceso de negociación y a la finalización del contrato toda la atención adecuada, el socio podrá percibir numerosos indicadores del marco de referencia del otro socio. Así, cada uno conoce sus derechos y deberes.
El propósito de este artículo es profundizar en el papel del concepto de contrato durante la relación de coaching. En efecto, más allá del contrato inicial o de prestación de servicio estudiado en estas páginas Web (véase el artículo sobre “el posicionamiento del coach”), ofrecemos presentar dicho concepto en sus diversas dimensiones como herramienta cotidiana en la relación del coaching.
LA DIMENSION HOLOGRAFICA DEL CONTRATO EN COACHING
- De proceso: para establecer las bases en la relación con un cliente en un número predeterminado de sesiones, a veces durante varios meses, para llegar a una conclusión exitosa. Este nivel de contrato es el más evidente.
- De sesión: para establecer de manera exitosa el marco de una sesión de trabajo que puede tardar unas horas teniendo en cuenta que cada sesión se termina a la hora exacta con resultados eficientes para el cliente.
- De secuencia: que permite supervisar el trabajo del cliente en un tema concreto, durante unos minutos al principio de la sesión, hasta la elaboración de un plan de acción y de una conclusión satisfactoria.
- En el trabajo práctico, que el cliente lleva a cabo entre las sesiones o secuencias de coaching para garantizar el éxito de sus planes de acción y de sus decisiones. Se trata de contratos de “delegación.”
- De intervenciones: puntuales con unas frases, para intervenir en el diálogo del cliente de manera clara y respetuosa, de su proceso y del espacio personal de ascenso.
- De cierre: cerrar para abrir.
Todos estos diferentes niveles de la práctica del contrato encajan entre sí, unos durante varios meses o durante varios días y otros durante unos minutos, a lo largo del proceso de coaching. Nota: si se utiliza la palabra de manera indiferenciada para discutir todos estos niveles de contratos, es útil hacer la distinción entre el contrato inicial que define el marco formal de la relación de coaching y los otros niveles respecto a los acuerdos más puntuales y operacionales, negociados entre el cliente y el coach. De manera formal, si el contrato es un proceso solo jurídico, el resto de los niveles de “contratos” que se mencionan en este artículo son más bien procesos que permiten al coach y al cliente ponerse de acuerdo en el mismo proceso. En cada nivel de contrato o de acuerdo, el trabajo entre el coach y el cliente se inscribe en el marco de un proceso contractual. En cada nivel y a lo largo del desarrollo de la relación, de las sesiones, de las secuencias y de las interacciones con el cliente, el proceso contractual facilita la existencia de numerosos indicadores de funcionamiento y de no funcionamiento operacionales del cliente y del coach.
- ¿Cuál es su capacidad para establecer objetivos realistas, ambiciosos, concretos y mensurables?
- ¿Cuál es la capacidad del cliente para reunir, negociar y aplicar los medios que permitan alcanzar sus resultados?
- ¿Cuál es su capacidad para cumplir los plazos?
- ¿Cuál es la capacidad del cliente para medir sus resultados y tomarlos en cuenta para determinar sus próximas acciones?
- ¿Cuál es la capacidad del cliente y del coach para entenderse y ponerse de acuerdo a lo largo de la relación con el objetivo de la consecución del éxito del cliente?
- ¿Cuál es la capacidad del cliente y del coach para corregir sus errores con el fin de elaborar mejores contratos y obtener resultados aún más eficientes?
El contrato de proceso
- El posicionamiento del tipo de coaching o del servicio ofrecido por el coach (coaching de duración corta, individual, de equipo, por teléfono).
- Los objetivos generales del cliente. Se trata de sus objetivos conscientes y de sus motivaciones. Muy a menudo, estos objetivos evolucionan y a continuación, estas modificaciones se notifican en “subcontratos” elaborados durante las sesiones y las secuencias.
- El precio que permite posicionar al coach y al cliente en sus mercados en términos de importancia, de rendimiento, de experiencia y de notoriedad.
- El marco práctico del proceso: el cliente y el coach se comprometen a respetarlos. Se trata de los horarios, del modo y de los plazos de pago, de la preparación, del uso de herramientas complementarias de diagnóstico u otros expertos.
- Los medios de coaching: por ejemplo el lugar, los gastos de transporte, etc.
- El marco deontológico y posiblemente las preocupaciones éticas del coach y de la relación.
- Etc.
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